Protección de las Personas en Situación de Vulnerabilidad

1° Nombre de la Comisión:

Comisión General para la protección de las personas en situación de vulnerabilidad.


2º Objetivo General de esta Comisión

El presente Reglamento tiene como finalidad describir los objetivos, la composición, las funciones, el ámbito de actuación de la Comisión para la protección de las personas en situación de vulnerabilidad en la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios, con el fin de que todos los lugares donde está presente la Orden sean espacios seguros para todas las personas


3º Objetivos operativos y método de trabajo de la comisión

a) Elaborar las políticas y líneas de acción generales para toda la Orden en los ámbitos de formación, prevención y actuación ante posibles denuncias por abuso siguiendo las orientaciones de la Iglesia y respetando las leyes civiles y penales en cada uno de los países donde la Orden está presente.

b) Revisar y actualizar los protocolos y procedimientos de la Orden a nivel general sobre la protección de las personas en situación de vulnerabilidad.

c) Conocer la realidad de la Orden en el mundo en relación a este tema;

d) Promover la creación de la Comisión para la protección de las personas en situación de vulnerabilidad en cada una de las Provincias de la Orden, estableciendo directrices para la constitución de las mismas.

e) Establecer directrices para la elaboración de módulos de formación y sensibilización, para Hermanos y Colaboradores, en coordinación con la Comisión General de Formación inicial y permanente y con la Escuela de Hospitalidad.

f) Promover la aplicación de políticas provinciales para prevenir los abusos.

g) Apoyar a las Comisiones Provinciales en el establecimiento de mecanismos internos para identificar y denunciar los presuntos abusos.

h) Apoyar a las Comisiones Provinciales en la identificación y evaluación de la situaciones de riesgo, incluyendo los factores de riesgo psicosocial que puedan resultar de la forma de organización y del contenido del trabajo, en concreto:

  1. de las personas en situación de vulnerabilidad, asistidas en las Obras y Servicios de la Orden, en régimen de hospitalización, ambulatorio o de apoyo a domicilio;

  2. de los Hermanos y Colaboradores, en el sentido más amplio de la palabra, según los Estatutos Generales de la Orden art. 21. Especialmente evaluar los riesgos y prevenirlos;

i) Promover iniciativas de investigación en este campo;

j) Coordinarse con la Comisión General de Bioética a fin de crear sinergias entre ambas Comisiones;


4º Composición de la Comisión

  • Hno. José Augusto Gaspar LOURO, Responsable:

  • P. Damián AsTIGUETA, s.j. Universidad Gregoriana (Roma, Vocal:

  • Dra. María CORRIGAN, Designated Liaison Person, (DLP), Provincia Occidental de Europa, Vocal:

  • P. Luis Orlando TORRES SANTOS, s.j. (Rector del Colegio Internacional del Jesús - Roma). vocal

  • Hno. Andrés SENE, Secretario


5º Acompañar y ayudar a las Comisiones provinciales

La Comisión General para la protección de las personas en situación de vulnerabilidad, mantendrá una relación cercana con las Comisiones Provinciales y animará el trabajo de las mismas, solicitando cuantas informaciones sean necesarias, así como enviando la documentación que se produzca en la Comisión General.

La Comisión General, a través de su Responsable y del Secretario, estará a disposición de las Provincias y de las Comisiones Provinciales para cualquier consulta e información que sea necesaria.

Las Provincias nombrarán una persona como referente (Responsable de la Comisión Provincial para la protección de las personas vulnerables), con la que poder contactar por parte de la Comisión General. Mientras no exista la Comisión Provincial se hará directamente con el Superior Provincial o con quien éste designe.

La Comisión General, estudiará las formas más adecuadas para acompañar a las Provincias y a las Comisiones Provinciales, haciéndose presente alguno de sus miembros en las Provincias, cuando sea necesario.

Si se considera oportuno se podrán realizar encuentros de Responsables de las Comisiones Provinciales con la Comisión General para tratar temas concretos o para la formación de los mismos.


6º Frecuencia de reuniones

El comité se reunirá regularmente tres veces al año, de acuerdo al calendario que establecerá la propia Comisión.

Se podrán establecer otras reuniones extraordinarias, si son necesarias, por cuestiones de urgencia, de forma presencial o vía teleconferencia.

Las reuniones serán convocadas por el Responsable de la Comisión, a través del Secretario de la misma, que enviará las convocatorias con al menos 20 días de antelación para aquellas reuniones programadas. Para las reuniones de urgencia se hará lo antes posible.

El lugar y las condiciones logísticas para la celebración de las reuniones se definirán y garantizarán en consulta con el secretario del Comité.


7º Redactar las actas y enviarlas a la Comisión general

El Secretario de la Comisión es el responsable de redactar las actas de cada reunión y de enviarlas a los miembros de la Comisión lo antes posible.

Las actas deben ser archivadas en la Secretaría General de la Curia.

Se enviará copia de las Actas al Superior General.

El Secretario enviará a todos los miembros de la Comisión la convocatoria y el orden del día de la próxima reunión con la antelación que se indica en el punto anterior.


8º Aprobación del Reglamento

El presente Reglamento y los cambios que puedan proponerse en el futuro deberán ser aprobados por el Definitorio General, a propuesta del Responsable de la Comisión.

 
 

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